Si usted entra con una carta de invitación implica un compromiso de retorno al país de procedencia, el cual se estaría incumpliendo al no regresar y quedarse en España.
El invitante, como tal, tendrá que garantizar que el invitado regresa al país de procedencia una vez finalizado el periodo de estancia previsto. Por lo tanto, si el extranjero decide quedarse en España esta decisión puede traer graves consecuencias también por el invitante, al incumplirse ese compromiso de retorno, que pueden derivar en importantes sanciones económicas al ser una infracción grave de la ley de extranjería (Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
En el caso que venga con visado o sin el, (por ser de uno de los países que no se requiere) y sin carta de invitación, para poder regularizarse deberá estar 3 años en estancia irregular, (a menos que se case con un ciudadano comunitario o haga pareja de hecho), tiene el riesgo que si es detenido pueda tener una sanción o pueda ser expulsado a su país de origen.