Si ha estado en estancia irregular en España y es una de los países que requieren visado de entrada, difícilmente el consulado le conceda un nuevo visado, si ya estuvo en estancia irregular y se paso del tiempo determinado para su estadía.
Ahora bien, si es de uno de los países que no requiere visado, podrá acceder si tiene un pasaporte que no tenga los últimos sellos de entrada y salida de España.
Por otro lado, recuerde que la carta de invitación implica un compromiso de retorno al país de procedencia, el cual se estaría incumpliendo al no regresar y quedarse en España.
El invitante, como tal, tendrá que garantizar que el invitado regresa al país de procedencia una vez finalizado el periodo de estancia previsto. Por lo tanto, si el extranjero decide quedarse en España esta decisión puede traer graves consecuencias también por el invitante, al incumplirse ese compromiso de retorno, que pueden derivar en importantes sanciones económicas al ser una infracción grave de la ley de extranjería (Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
Una consulta se vence la carta de invitación si me voy de España por el aeropuerto y en lugar de irme a mi país de origen me quedo en Europa eso perjudica a la persona que me invitó porque voy a salir de España aunque luego regrese por otro medio pero no regresó a mi país si no a uno de lado esto perjudica a la persona se me invito - 9g6hcessk3wfqg9i