Se pueder acordar el reparto de herencia en vida?
Quisiera saber si es posible acordar un reparto de herencia en vida en contrato privado y si tiene efecto legal en caso de eventuales y futuras discrepancias.
En concreto me refiero a una herencia ya parcialmente aceptada por parte de los herederos, pero con uno de los testadores aun en vida.
Me explico mejor: hace unos años fallece el padre, se realiza la aceptación de herencia legalmente según ley. Ahora uno de los 4 herederos quiere una parte de las fincas heredadas para el, en concreto un solar donde quiere construir una vivienda no de material de construcción. Tanto la madre como los restantes herederos están de acuerdo. ¿Es eso legal? Se puede realizar un contrato privado donde se acuerda esa repartición y donde, tanto ese heredero como los demás, ¿están conformes en no ejercer su eventual derecho de solicitar un recalculo futuro de la herencia para pedir eventuales indemnizaciones o reparto distinto a lo acordado? La idea sería dejar reflejado en el contrato el usufructo vitalicio a la madre, inclusive del solar, aunque en realidad sería el hijo heredero quien viviría en la vivienda que se construirá en el mismo.