Un local , sin acceso,convertido en vivienda, ¿Tiene que pagar todos los gastos igual que una vivienda o sigue siendo local?

Tenemos un local sin acceso a la escalera que se ha convertido en vivienda. Antes pagaba sólo determinados gastos que corresponden al local( seguro,..).¿Al pasar a ser vivienda, todo y no tener acceso debe pagar los mismos gastos que una vivienda?

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Supongo que el cambio de uso lo habrá realizado el propietario de forma legal ante la administración local. Si sigue sin acceso a las zonas comunes, ¿por qué tendría que pagar por cosas que sigue sin disfritar? Las condiciones no han variado aunque lo haya hecho el uso del inmueble, por lo que los estatutos de la comunidad donde se detallará la división horizontal y los coeficientes asignados, serán exactamente iguales.

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El hecho de que haya sido modificado el destino de ese inmueble no afecta directamente a su cuota de participación en los elementos comunes de la finca, por lo tanto no puede modificarse su aportación a los gastos de Comunidad.

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