¿Cual es la mejor forma de donar la mitad de una vivienda hipotecada?

En 2011 compré una vivienda con hipoteca, estando entonces soltera. Recientemente me he casado en régimen de separación de bienes, pero quiero poner a mi nombre la mitad de la vivienda.

Dada la fecha de compra, puedo desgravarme fiscalmente por el pago del préstamo hipotecario.

He pensado en hacer una donación a mi esposo del 50% de la vivienda y también que se subrogue en el 50% del préstamo hipotecario, de manera que fiscalmente podamos desgravarnos los dos en caso de hacer declaración de la Renta individual.

¿Cuñal es la mejor forma de hacerlo?, ¿Podría desgravarse él en el caso de no subrogarse en la hipoteca o que sí lo haga pero que el Banco no acepte la subrogación?

Siendo contribuyente de la comunidad de Madrid entiendo que la donación sería la forma más económica de formalizar el cambio de propiedad de ese 50%. ¿Qué impuestos hay que pagar por todo ello?

Creo que habría que pagar Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y AJD por la parte del préstamo que se subroga (no sé si el actual o el receptor del ptmo) y también el impuesto de donaciones por el importe de la mitad de la vivienda menos su parte de hipoteca. También plusvalía por lo que suponga esa mitad. ¿Es correcto?

Vivienda valorada en 160.000 € con hipoteca pendiente por 100.000 €

El préstamo hipotecario tiene aval personal de mis padres. Supongo que esto no influye en cuanto al coste de la operación.

Respuesta
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El impuesto sobre donaciones es un tributo cedido y no veo por qué señala vd que Siendo contribuyente de la comunidad de Madrid entiendo que la donación sería la forma más económica de formalizar el cambio de propiedad de ese 50%. ¿Qué impuestos hay que pagar por todo ello?, puesto que el tipo impositivo de la donación es superior al de la compraventa.

Para lo que quiere hacer el mejor sistema es el matrimonio en gananciales al tratarse de la vivienda habitual, los pagos del precio aplazado que haga el otro cónyuge, conforme al Código Civil, le harán adquirir la cuota de propiedad proindiviso correspondiente a los pagos que realice.

Gracias Pedro. digo lo de Madrid porque el impuesto de donaciones está bonificado al menos de padres a hijos (esto es entre cónyuges).

Por otra parte, mi matrimonio es en separación de bienes y lo del mejor sistema es pensando en dos cosas, 1º en la posible desgravación del IRPF y 2º por el pago de impuestos (donación vs venta).

Un saludo.

NO encuentro esa bonificación que dice.

Lo demás reitero lo ya dicho. El tipo impositivo de la donación es superior al de la compraventa.

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