Perdidas en valoración de instrumento financiero

La empresa (PYME) hizo un par de inversiones financieras, y a 31/12/16 el valor de las mismas bajo, registrando unas pérdidas 500E, las contabilice en la cuenta 6630. La consulta es si debo hacer un ajuste positivo en el IS de 500 x el tipo.

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Actualmente no se contabilizan estas perdidas mientras no sean perdidas reales, es decir, haya vendido con perdidas...

¡Gracias! 

Hola, no me quedo muy claro, estoy leyendo el PGC PYMES, y en activos financieros pone en la valoración posterior: Los cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. y he visto ejemplos que al cierre del ejercicio se contabilizan las pª o bº que se generen por la disminución o aumento del valor de los activos.

Perdona, este tema es algo complejo y conteste algo rápido...

Para el ejercicio 2017 se considera no deducible estas perdidas en el Impuesto de Sociedades hasta que no se haya producido la efectiva venta. Y no he tenido tiempo de mirar como se ha establecido para estas situaciones en ejercicios anteriores... Pero entiendo que no debería ser un gasto imputable en el impuesto de sociedades mientras y por lo tanto ser necesario realizar un ajuste.

Si tienes que tener en cuenta, que una cuestión es la normativa contable y otra la normativa fiscal (Impuesto de Sociedades).

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