Legalizar ampliación por prescripción cataluña

Quiero hacer una ampliación en mi casa cerrando una terraza ya existente, al consultar con un arquitecto, me comenta que un porche techado de 20m2 que esta en el jardín no esta legalizado, y me dice que tengo 2 opciones, legalizarlo legalmente o por prescripción ya que hace por lo menos 6 años que esta construido, me dice que por prescripción es mucho mas barato, pero que a partir de ese momento la casa estará inscrita con un anexo mediante el cual quedara prohibido cualquier modificación urbanistica posterior... Es decir, si legalizo esa ampliación por prescripción ya no me darán permiso para ampliar legalmente la terraza ni ninguna otra obra mayor que quiera hacer en el futuro... Me ha sorprendido porque nunca había oído hablar de eso, ¿alguien me puede confirmar si esto es así?

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La legalización por prescripción (con algunas variaciones en función de cada autonomía) supone admitir que se hizo una obra ilegal, pero demostrando que han pasado los años suficientes como para que ese delito prescriba, esa edificación ya no será objeto de expedientes de disciplina urbanística, sanciones o demolición; pero eso sí, la edificación queda (como una edificación realizada al margen de la legalidad) en situación de fuera de ordenación (total o parcial), con lo que habitualmente solo podrá hacer en ella obras de mantenimiento y conservación.

En su caso habría que analizar detenidamente cómo afecta esa ampliación a la vivienda (para comprobar que no implique problemas de habitabilidad o consumo de edificabilidad excesiva), pero si es posible la legalización de lo construido (expediente de legalización) suele ser mucho mejor hacer eso que quedarse en situación de fuera de ordenación.

gracias por su pronta respuesta, cuando dice que en una legalización por prescripción solo se podrían hacer obras de mantenimiento o conservación, se refiere a una limitación que afecta solo al porche construido ilegalmente, o a toda la finca incluyendo lo construido legalmente?   

Ese tema está sujeto a interpretación, pero se puede considerar que la edificación está fuera de ordenación en su totalidad por culpa de ese porche, de modo que no volverá a la situación plenamente legal hasta que se solucione. Bien con la vuelta a la situación previa a la infracción mediante la demolición de la parte que hace que no cumpla, o bien verificando que se podría construir mediante un expediente de legalización.

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