¿Pueden reclamar iva desgravado a falso autónomo?

Trabajé como autónomo para una empresa desde 2009 a 2011. La seguridad social llevó a juicio a la empresa tras investigar y declaró que estaba como falso autónomo, por lo que puso una multa a la empresa y le hizo pagar las cuotas de la seg social. Eso fue en el 2011 aunque la resolución salió en 2014. Ahora me gustaría solicitar a la administración las cuotas que pagué de la seguridad social. Pero tengo la duda de si me pueden reclamar el iva que me he desgravado durante el tiempo que duró la relación laboral.

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I. Hola Yurema, por mi parte esta siendo imposible encontrar información de primera mano pero quería probar suerte con estas páginas por si fueran de orientación. Por lo que estoy leyendo, me temo que sí, a un falso autónomo le reclamarían el IVA.

http://www.citapreviainem.es/10-desventajas-trabajar-falso-autonomo/ 

http://blog.gestores.net/falsos-autonomos/

http://www.tercerainformacion.es/opinion/opinion/2016/08/02/eres-falso-autonomo-enhorabuena

https://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=4195923

Soy falso autónomo, ¿qué puedo hacer? ¿Cómo puedo evitar ser demandado por la Seguridad Social?

Si se tiene claro o se sospecha que se es falso autónomo existen dos vías para actuar:

  • Denuncia ante la Inspección de Trabajo (+ info) : se informa de los motivos por el cual se es falso autónomo y se aportan las pruebas que se tienen. Esta vía es más útil si se tienen pocas pruebas, ya que el Inspector puede personarse en la empresa y comprobar la situación. Además se puede solicitar que en el caso de que el Inspector constate que la relación es laboral, se exija la empresa que cotice por el trabajador
  • Acudir a la vía judicial: primero a través de una papeleta de conciliación (+ info) y luego con una demanda ante el Juzgado de lo Social. En este caso el procedimiento sería para solicitar el reconocimiento de la laboralidad de la relación, y en el acto de juicio se tendrán que aportar todas las pruebas que demuestren que se es un falso autónomo.

Se pueden utilizar los dos métodos, pero normalmente una vez que se acude a la vía judicial, el Inspector de Trabajo deja de investigar a la espera de lo que decida el Juez.

De esta forma el falso autónomo pone en conocimiento de las autoridades y denuncia la situación de fraude de ley en la que está trabajando. En estos casos normalmente se estima que el trabajador no es cómplice de la empresa si no que ha tenido que aceptar el fraude como único método de conseguir un trabajo, y no suele ser sancionado.

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