Dudas sobre la licencia de primera ocupación
Voy adquirir un ático en un edificio rehabilitado integralmente hace 20 años En Urbanismo me informan que se concedió licencia de primera ocupación para todo el edificio, que consta de bajo, tres plantas y desván. 6 años después, se segrego el desván de el tercer piso y, con autorización del total de la comunidad, se escrituro como "buhardilla destinada a residencial". En el Catastro municipal figura como vivienda, y tiene suministro de electricidad, agua, alcantarillado... Amen de estar pagando el IBI. Mi duda es si la licencia de primera ocupación otorgada en su día como "desvan" es valida, y si haberlo denominado así responde a definiciones legales, puesto que ha estado habitado hasta la actualidad por el arquitecto promotor de la reforma integral del edificio.