Se puede deducir el ibi en el impuesto de sociedades?

LLevo la parte contable de una empresa, no la fiscal, ya que nos lo lleva un gestor. Estoy cayendo en la cuenta de que el gestor nunca me pregunta el gasto que tenemos en IBI y IAE. Y no sé si es porque no tenemos derecho a deducirlo o es porque mi gestor no cae en la cuenta de eso. ¿Qué nos supone eso? ¿Durante este tiempo hemos estado perdiendo dinero al declarar el IS? ¿O es al revés?

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El recibo de ibi como cualquier otro impuesto o tasa es totalmente deducible tanto contable como fiscalmente, siempre que corresponda a un inmueble propiedad de la sociedad y que dicho inmueble esté afecto a la actividad de la empresa. Comentaselo al gestor fiscal para que lo tenga en cuenta.

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