¿Me pueden obligar a pagar una reparación donde no hay ninguna comunidad constituida?

Somos un grupo de vecinos de unas viviendas adosadas, 7 exactamente, lo único que tenemos en común es la salida del desagüe al alcantarillado. Hay una perdida de agua de ese desagüe hacia un garaje donde el propietario ha realizado la reparación y pretende que la paguemos entre los 7 vecinos que somos, amparándose en el articulo 396 del código civil donde según el, aunque no seamos comunidad constituida ese articulo dice que si. A mi parecer creo que el propietario del garaje no lo ha hecho bien puesto que no ha contado con nadie para hacer la reparación, solo se ha limitado a echar en los buzones una carta con su intención de arreglarlo y pasar la factura, yo tengo seguro de hogar y en tal caso podría haber dado parte para que lo vieran pero ni siquiera ha dado opción a eso, ¿debemos pagar dicha reparación? ¿Podría demandarnos si nos negamos a pagar? Porque en la carta ya advierte que habrá demanda si no pagamos amparándose en el citado articulo del código civil el 396.

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Del art. 392 al 396 del C.Civil, viene a referirse que si hay espacios, objeto, bienes etc..."indivisibles", como sería esa conducción de desagüe, que con comunidad o sin ella beneficia o sirve a todos... es responsabilidad de su mantenimiento igualmente a todos, en base a que si no existe un acuerdo de comunidad, se proceda en base al art. 392 de la misma. Mas correcto hubiera sido que ese señor lo hubiera hablado con los restantes vecinos y haber expuesto el problema y su solución aún no existiendo comunidad y que una simple carta o nota echada en lo buzones queda corta.

Ud y a mi juicio podrían negarse,(en un principio), en base a no tener una notificación certera como podría ser un burofax, o a que la comunicación del tipo de avería es por parte del vecino sin aportar pruebas de profesional que certifique el tipo de avería y la reparación que se realizará..., pero también creo que si ese ben indivisible y de uso mancomunado que les hace propietario y responsable a todos se avería... si denuncia "pagan todos" .. y posibles costas procesales si se llega al caso.

Hablen con el directamente y que les indique mediante certificado de profesional de que esa avería existía y en que consistió la reparación.

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No veo clara esa invocación al artículo 396 del Código Civil, más bien sería el 392, cuando señala: Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas, y sería cuando menos discutible su derecho a reclamar, puesto que el art. 397 ordena: Ninguno de los condueños podrá, sin consentimiento de los demás, hacer alteraciones en la cosa común, aunque de ellas pudieran resultar ventajas para todos.

¡Gracias! Por tu respuesta, entiendo entonces que por haber actuado por su cuenta y riesgo sin contar con nadie, no estamos obligados a pagar la reparacion

Hola de nuevo, uno de los vecinos a ido al registro de la propiedad a informarse y resulta que en el 2008 se constituyo una comunidad y ninguno de los vecinos lo sabiamos, sospecho que el mismo propietario de las cocheras tiene algo que ver, es legal constituir una comunidad sin contar con los vecinos? Y se puede deshacer dicha comunidad? Ya que no tenemos en comun nada excepto el desague del alcantarillado

Habría que conocer los términos de esa Comunidad, para responder a sus preguntas, si está inscrita en el Registro es un síntoma de legalidad ya que los registradores son muy exigentes en las condiciones para inscribir

¡Gracias! 

como puedo saber quien es el presidente de esa comunidad? como puedo tener acceso a la información de la constitución de la comunidad, libro de actas, quien la creó etc.?

Como miembro de esa Comunidad tiene derecho a obtener de ella toda esa información

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