Préstamo entre familiares, cuando se empieza a devolver
Mi mujer y yo queremos hacer un préstamo sin intereses a una hija, en el contrato privado entre las partes tenemos una cláusula que hemos puesto lo siguiente:
"El capital prestado ha de devolverse EN DIEZ AÑOS, ANUALIDADES DE 4.000€, No obstante, el prestatario podrá amortizar de forma anticipada el capital pendiente en cualquier momento"
La fecha y firma del contrato para prestar el dinero será el 19 mayo próximo y la pregunta es saber si nuestra hija debe empezar a pagar el préstamo este año o bien puede ser a partir del próximo año.
El contrato aún no se ha entregado a la Delegación de Hacienda de Barcelona, por lo cual si se tiene que cambiar la cláusula aún estamos a tiempo.
Que nos recomiendan.
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Respuesta de Juanjo Rodriguez blanco
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