Es comentarle que cualquier persona que vende un vehículo a motor debe responder por una garantía de 6 meses, ante el cúal debería de poder poner una demanda judicial con el objetivo de arreglar los desperfectos SIN coste o devolver el producto! No se demore, antes debe poner una denuncia Ahí le dejo esto:
Garantía entre particulares, ¿qué puedo exigir?
La única obligación que tiene el vendedor particular es la de entregar el vehículo sin ningún tipo de carga, gravamen o defecto oculto. En caso de que el comprador detecte alguna irregularidad en estos campos, tiene 6 meses para interponer una demanda judicial con el objetivo de arreglar los desperfectos sin coste o de devolver el producto.
No obstante, para que se pueda hacer uso de esta garantía de 6 meses, siempre tiene que haber una denuncia de por medio, además de la obligación por parte del comprador de probar que el defecto del coche era anterior a la compra. El vendedor no tiene deber alguno de entregar una garantía por escrito, de ahí la necesidad de la denuncia.
El comprador no tiene derecho a reclamar por fallos que estén a la vista en el momento de la compra, ya que el vendedor solamente tendrá obligación de actuar, como decíamos, en caso de “vicios” o defectos ocultos. Existe otra excepción más rocambolesca aún: si el comprador es un perito que esté acostumbrado a detectar las deficiencias que pueda tener un vehículo de ocasión, se exime al vendedor de afrontar el pago de cualquier reparación de esta índole.
Si denunciamos y salimos ganadores del litigio, además de las opciones de arreglar el coche sin que repercuta en nuestro bolsillo o de rescindir el contrato de compra-venta sin coste alguno para nosotros, existe una tercera vía, que no es otra que la de renegociar el precio de venta a la baja. También se puede contratar con una aseguradora, por un precio que puede variar entre los 200 y los 500 euros, una ampliación de la garantía que cubra todos los