Votos necesarios para ceder zona comunitaria privada, pero de uso público
En mi urbanización hay locales comerciales en los bajos de los pisos. Uno de ellos es un bar-cafetería que solicita permiso a la comunidad para instalar una terraza en la zona delantera a su local para atender ahí a sus clientes.
Esa zona es comunitaria y de servidumbre para el paso al resto de los locales y supondría que ya no podría ser usada por todos, sino sólo por los clientes de dicha actividad y los que lo regentan. En la reuniones de los bloques y mancomunidad se están adoptando los acuerdos de cesión por mayoría simple, no teniéndose así en cuenta la negativa a los vecinos que somos más perjudicados por las molestias de ruido y otros de dicha cesión. Yo entiendo que una decisión así no debe ser aprobada por mayoría simple, ya que de los más de 100 propietarios que somos, los perjudicados somos unos cuantos (los más cercanos al local). ¿El cambio de uso público a uso privativo sería considerado una modificación del título constitutivo para requerir unanimidad para su aprobación según la última modificación de la Ley de Propiedad Horizontal?