Cambio de una tubería bajante

Me llama el administrador, y sin haberme convocado a junta alguna, me dice:

Que en el local izquierda que no es de mi propiedad hay una tubería bajante que tiene un codo en el recorrido que produce retención e inunda dicho bajo. Como dicha tubería luego pasa por mi bajo (derecha) dice que hay que quitar dicho codo y hacer un enlace recto entre las tuberías que van del local izquierda a mi local derecha. No me presenta tampoco ni proyecto de obra ni plano de la situación actual ni plano de como quedará tras la reparación. Yo tengo miedo a que después de la obra, el embozo se produzca en el siguiente recodo, el cual está situado en mi bajo.

¿Qué puedo exigirle? ¿Me puedo negar hasta que me presente por escrito un plan con garantías?

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Ese cambio no puede ordenarlo, sin más, el Administrador. Una obra así, debe acordarse en Junta de Propietarios, convenientemente convocada por el Presidente, en tiempo y forma. Además, en esa Junta debería presentarse toda la documentación necesaria para poder informar correctamente a los propietarios del problema existente y de la solución propuesta. En Junta, debe aprobarse la obra, decidir con qué empresa y presupuesto se ejecutará. En todo caso, si la obra fuera inevitable, no sería necesario aprobarla, pero eso no impide que se explique en Junta y que se apruebe presupuesto y forma de pago. Finalmente, todo ello debe constar en Acta.

Si no ha sucedido nada de lo anterior, no pueden "imponerle" esa obra y menos aún el Administrador.

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