El hecho es que para reclamar una herencia hay 30 años de plazo, lo dice el Código Civil. Si os hubierais comportado como dueños, o sea, tener cuidado de las tierras, pagar los impuestos, participar en el pago cuando se arreglan caminos, limpiar de vez en cuando la maleza, etc, podríais reivindicar que es vuestro, pero si no habéis hecho absolutamente nada, las tierras estaban abandonadas y pudo quedarse con ellas cualquier particular que las haya poseiso durante al menos 30 años, o el estado o la comunidad autónoma.
Tened en cuenta que una herencia se puede aceptar o no aceptar. Si la persona no acepta expresamente la herencia pero se ocupa de ella haciendo cosas propias del dueño, igualmente se considera que la ha aceptado, pero si no hace nada no se puede considerar así.
Pasados 30 años ya no ser puede reclamar.