Con respecto a los bienes, si son privativos de cada uno, nada cabe hacer al respecto.
Lo que tienen que hacer es un convenio regulador, en donde quede reflejado quien se queda con la guardia y custodia del menor, el régimen de visitas por las que se debe regir el progenitor no custodio, la pensión de alimentos a pasar etc...
Si lo hacen desde la vía del consenso, y del mutuo acuerdo, se ahorrarán no solo dinero, sino muchos sinsabores, y minimizarían el gran desgaste emocional que toda separación conlleva.
Con respecto a la custodia compartida, habría que analizar las circunstancias personales de cada progenitor, como horarios de trabajo etc...
Pueden decidir la misma desde el mutuo acuerdo, en caso contrario, todo lo concerniente e inherente al menor, lo decidirá un Juez de Familia.
Deben ponerse en manos de un Abogado especializado en Derecho de familia.
Si residen en Madrid, estaremos encantados de asesorarle, siendo la primera consulta presencial gratuita.