Baja y descuentos en las pagas extras

Una pregunta sobre la cotización por bajas, si cuando tienes una baja laboral, cotizan el 100 por cien, cobras el cien por cien y no te afecta en las pagas, ¿por qué cuando tienes una intervención quirúrgica con hospitalización por máximo 40 días, que según convenio también tienen que cotizar el 100 por cien, SI te afecta en las pagas? ¿Dónde puedo ver que esto sea así o no lo sea? ¿En qué ley disposición real decreto o lo que sea esta esto recogido? Mi convenio es el de seguridad privada, indica que la empresa cotizara el 100 por 100 durante 40 días ¿por qué me descuentan entonces en las pagas?

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Efectivamente mientras se está de baja médica se cotiza por en mismo importe que el mes anterior a esta. Esta cotización se mantiene mientras dure la baja. Hay que diferencian entre cotizar, que siempre se mantiene a la anterior a la baja, y sueldo a percibir.

Si se debe aplicar complemento al 100% en el salario o no, se indica en el convenio de aplicación de tu empresa, debes comprobarlo y en caso de que tengas derecho a el, reclamárselo a la empresa.

Gracias en mi convenio la baja por hospitalizacion dben ser cotizadas por la empresa al cien por cien durante 40 dias maximo , entonces mi pregunta es        ¿me descontaran en las pagas extras ?¿ y el sueldo mensual sera el mismo?

No voy pasar de 40 dias de baja .

Como he indicado antes, no es lo mismo cotizar que abonar, cotizar es la declaración del importe que hace la empresa a la seguridad social. Esta siempre se mantiene durante la baja.

Por otro lado, si tú convenio también indica el complemento a líquido del 100%, es este caso, tanto el salario como las pagas extras debe ser el mismo que antes de la baja.

Si las pagas no están prorrateadas, pueden disminuir su importe en el momento de cobrarlas, ya que se percibe la parte proporcional de estas durante la baja.

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