Error liquidación Hda. ISD declarado inicialmente por menor importe

Espero ser clara pero es un poco engorroso.

Revisando documentos he descubierto que al liquidar el ISD por una donación, se pagaron los impuestos correspondientes al valor de la nuda propiedad, (importe indicado en escritura menos el valor del usufructo) sobre 14.445,20-€ (valor del bien inicial 18.760,00-€, valor usufructo 4.314,80-€)

Dos años mas tarde Hacienda envía una paralela indicando que el valor del bien por el que se liquidó el impuesto era inferior y mis padres pagan el importe indicado sin más.

Mi sorpresa al revisarlo ahora después de 7 años es que creo que la liquidación que envía Hacienda es incorrecta.

Hacienda indica que el valor del bien son 36.783,98-€, por lo tanto se debería haber liquidado la nuda propiedad respecto a este importe y no sobre 14.445,20-€, se debería haber liquidado sobre 28.323,66-€.

Lo que Hacienda hace es, aparentemente, una consolidación de dominio(parte de la casilla 13, no de la 07) calculando el tipo medio, parte del valor total del bien, es decir, los 36,783,98-€ y cuando obtiene el tipo medio que sale del 14,82% lo aplica al valor de la nuda propiedad (sobre 28.323,66), además cobraron unos intereses de demora.

Me pueden decir en que situación se encuentra este bien. Según Hacienda ya se han pagados los tributos de la consolidación de dominio, ¿aunque sin solicitarlo?.

No puedo entender en que situación se encuentra la propiedad, si tiene o no usufructuario.

Me gustaría que alguien pueda aclararme este lío o quizás esté bien y yo no lo vea.

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Usted indica una escritura al presentar el impuesto y es sobre eso, sobre lo que debería estar liquidado el impuesto, si Hacienda se equivoco, en cualquier caso, solo afecta a ese impuesto que por otro lado parece ya prescrito.

Una cosa es el impuesto y otra que el dominio este o no consolidado, para lo que han de ir al registro de la propiedad y solicitar una certificción registral.

Si no esta consolidado, cuando lo hagan, tendrán que liquidar el impuesto... Una cuestión es el impuesto y otra la propiedad como este registrada...

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