¿Qué forma correcta hay para pactar indemnización con propietario de vivienda?
En mi condición de arrendataria, mi consulta es la siguiente:
Desisto de contrato de alquiler de inmueble de vivienda a los ocho meses de su firma, previo aviso con 30 días de antelación, asumiendo el coste por indemnización por no cumplir el año estipulado, según la L.A.U. (art. 11), de la parte proporcional que corresponde a cuatro meses (alquiler mensual / 12 meses * 4 meses). Mi arrendador contestó estar de acuerdo con respecto a mi comunicado. Pero, a petición en su favor, me dice que le permita realizar visitas de posibles inquilinos durante el último mes antes de la entrega de llaves y finalización del contrato por conformidad mútua, mes ya abonado como renta por mi parte.
¿Es lícito que yo, por colaboración voluntaria le permita dichas posibles visitas en mi vivienda y aún así deba pagarle indemnización? Mi duda es si existe alguna posibilidad de poder exponerle, de forma "honrada y decente" la solución de favores por ambas partes, es decir, si yo dispongo de la pérdida de mi derecho a intimidad como inquilina en mi vivienda durante las visitas que realizaría el propietario, beneficiándose de tiempo para arrendar de inmediato, es recíproco que no deba indemnizar por irme antes. ¿Cómo se lo podría plantear?