Cobrar devolución de hacienda del año anterior por el viudo

A mi padre no le devuelven lo correspondiente a la declaración conjunta de 2016 porque mi madre falleció en Enero de 2017 y nos han dicho que tenemos que rellenar el modelo H-100 de pago de devolución a herederos.

No nos han notificado nada, pero al tardar tanto hemos llamado y nos han dicho eso.

Este modelo tiene que ir acompañado de unos documentos que varían si la cantidad es inferior o superior a 2000 euro.

La declaración era conjunta y mi madre era ama de casa.

La devolución salía 2100 euro

La pregunta es ¿Hay qué poner esos 2100 o es 1050 que correspondería a mi madre?

¿Hay algún plazo de presentación?, porque nos acabamos de enterar ahora que estaba retenida.

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Dado que el importe es superior a 2.000 Euros le van a pedir la escritura de la declaración de Herencia, dónde conste dentro del caudal relicto de la fallecida dicho importe. La idea es que tribute en el Impuesto de Sucesiones, o bien forme parte de la masa hereditaria. La cantidad que tiene que poner es la totalidad de la declaración a devolver que le correspondía al fallecido, salvo que sea declaración conjunta y estaban en gananciales, en ese caso con la disolución de la sociedad, su padre tendría derecho directamente al 50%, pero en cualquier caso la idea de Hacienda es que conste la totalidad y luego ya se separa en la parte que le corresponde por liquidación de gananciales a su padre, y el resto a los herederos.

Es importante que en la cuenta bancaria asignada para la devolución estén todos los herederos como titulares, o en caso contrario que haya un documento de autorización de los otros herederos hacia el que va a percibir el importe, porque de esta forma Hacienda se asegura que no le puedan reclamar los otros herederos su parte.

Por lo demás no tiene un plazo estricto, cuando antes lo presente con la documentación que le piden, certificado de defunción, ultimas voluntades, etc, antes le liberarán el pago. Tampoco es un procedimiento que sino lo hace enseguida vaya a perder ese dinero, eso sí es importante que lo reclame siempre dentro del plazo de prescripción del impuesto que son 4 años, aportando la documentación requerida.

Salvo mejor opinión. Ruego valore la respuesta si le ha sido de ayuda.

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