Alquiler con permanencia 3 años. ¿Legal?

Tengo un contrato de alquiler y no se si tendrá alguna cláusula abusiva. Resulta que llevamos más de un año ya. Pero en el contrato pone que se renueva automáticamente después del año a los tres años. Y si es finalizado Antes de esos tres años tendré que pagar 2 mensualidades como una multa. ¿Podría decirme alguien si eso es legal?

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Respuesta

Transcriba EXACTAMENTE lo que dice el contrato respecto a la duración y la prórroga y lo que dice EXACTAMENTE sobre la indemnización por desistimiento.

“La duración del presente contrato se pacta por un periodo de un año a partir de 1 de enero de 2017 día en el que se entregará a la parte arrendataria la posesión de la vivienda y las llaves de acceso quedando extinguida en un año desde el inicio llegado el día del vencimiento éste se prorrogará hará obligatoriamente por plazos anuales hasta los tres años mínimo salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con 30 días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas su voluntad de no renovarlo  en el supuesto de que la parte arrendataria desista  unilateralmente del contrato transcurrido seis meses desde el inicio deberá avisar al arrendador con 30 días mínimo y le indemnizará con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir “

tal cual lo que dice el contrato.

Pero en su caso no queda ningún año por cumplir.

Si firmaron por UN año, su contrato VENCIÓ el 31 de diciembre. Ahora están en una prórroga.

En mi opinión (no hay jurisprudencia aún) ustedes pueden irse cuando quieran (previo aviso con 30 días de antelación claro) sin tener que satisfacer indemnización alguna.

¡Gracias! Que bien! No sabes la alegría que me das. Te comentaré con lo que me digan... por si me ponen alguna pega que creo que si... un saludo!

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