Estacionar o parar en una plaza reservada a un usuario en la via publica que NO es minusvalidos, vado ni reservada a autoridades

¿Es infraccion de trafico? Segun el RGC reglamento general de circulacion lo deja en el aire ya que no especifica.

Me refiero a parar o estacionar sin abandonar el vehiculo y cuando viene el titular de la plaza abandonas el lugar para facilitarle el estacionamiento.

En un vado no esta prohibido siempre y cuando lo abandones para facilitar la entrada y salida de vehiculos. ¿Ocurre en este caso igual?

Art 90 RGC

Art. 94 excepciones

2 Respuestas

Respuesta

¿A qué te refieres con "un usuario"?

¿Qué señal delimita la zona?

Usuarios somos todos. En este caso un usuario particular. En cuanto a señalización dos líneas amarillas pintadas en el suelo con un texto en medio del aparcamiento que pone "plaza privada" sin matricula y ya esta. Ni placa vertical de prohibido aparcar ni señal de parking de minusválido, ni reservada a autoridades ni nada.

Igual va por ordenanza municipal que es lo que me temo.

Cada uno en su cortijo pone las leyes que quiere. Pero debe existir una norma general que mande sobre una ordenanza municipal.

Hay que conocer más sobre el motivo de esa plaza. Y ver si cumple con las normas de señalización.

Si es una zona pública hay que pedir explicaciones al ayuntamiento sobre si han hecho esa rotulación y el motivo.

Respuesta

Este no es un blog sobre trafico.

Este blog es de la propiedad horizontal.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas