Que derechos tengo cuando mi empresa me surroga

Comento mi caso trabajo de auxiliar de servicios en una empresa de seguridad, donde estábamos dejamos de prestar servicio... Mi empresa nos ha dado un comunicado de que nos surrogan a la empresa entrante... La empresa donde hacíamos servicio nos a comunicado que no hay surrogacion y la empresa nueva que entra a prestar servicio ni se ha pronunciado... Que devo hacer porque me veo en un pozo...

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¿Se refiere a que su empresa de seguridad fue subcontratada por otra empresa para que les prestaran servicios de seguridad, y ahora ha finalizado el servicio, y su empresa de seguridad ha hecho un contrato con otra empresa?

No.... Me explico mi empresa(auxiliar)  prestaba servicio a una empresa de logística para hacer el control de accesos.... La empresa de logística finalizó en contratación con mi empresa y en otro otra de auxiliares vaya lo mismo.... Mi empresa no a notificado que nos surrogan la empresa que entra hacer el servicio..... La cuestión es que la empresa que entra nueva no se ha pronunciado y la empresa de logística ha dicho que no hay surrogacion  

Este caso es un tema muy complejo por lo que le aconsejo que acuda a un abogado para que pueda asesorarle debidamente una vez contrastada la documentación. Le puedo hacer una aproximación al caso, pero no me quiero mojar mucho sin ver la documental.

Para la cesión, el único procedimiento a seguir (salvo que el convenio colectivo establezca alguno más) es la comunicación, con suficiente antelación, a los miembros del Comité de Empresa o Representantes de los siguientes extremos: fecha subrogación, motivos de la subrogación, consecuencias jurídicas y económicas para los trabajadores por motivo de la subrogación y medidas previstas para afrontar la subrogación. Dicha comunicación a los Representantes de los Trabajadores la tiene que hacer tanto la empresa que cede trabajadores como la empresa que se subroga en ellos.
Algunos convenios establecen la obligación de que la empresa que cede a los trabajadores comunique a la empresa entrante los datos sobre los trabajadores subrogados. No obstante, a pesar de ser habitual esta comunicación no viene recogida en el Estatuto de los Trabajadores. Por lo que si no le han comunicado si usted está subrogada debe consultarlo con los representantes de los trabajadores para asegurarse.

Por lo que me dice si no hay subrogación puede que se trate de una cesión ilegal de trabajadores, y en tal caso deberá de tomar medidas, así pues dado lo complejo del caso le aconsejo encarecidamente que acuda a un abogado para que pueda analizar la documentación y pueda aconsejarle al caso concreto.

Agradecemos que valore la respuesta si le ha resultado útil.

¡Gracias! Por su repuesta.... En breve me pondré en manos de abogados 

Buenas otra vez..... Una pregunta mientras me subrogar o no...... Puedo solicitar el paro? Y como?

Yo que usted no lo haría porque entonces perdería la antigüedad y la solución de continuidad en la empresa.

Pero ahora mismo estoy dado de baja en la seguridad social por la empresa

Aunque esté dado de baja si en menos de un mes le han vuelto a contratar hay continuidad y se debe mantener antigüedad. Pero si necesita el dinero de manera ineludible puede solicitar el paro por el procedimiento ordinario.

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