Cambio de Condiciones en la prórroga de alquiler de vivienda.

El próximo 27 de mayo me vence mi contrato de 5 años de alquiler de vivienda, y el casero me propuso lo siguiente para los 3 siguientes años: 1er. Año - Subida del 12,5% / 2º año - Subida del 20% / 3er año - Subida del 28% sobre la cuota actual.

Estamos negociando y me ha ofrecido lo siguiente:

Subida del 12,5% para los dos próximos años y a mi cargo todos los gastos del piso que no esten cubiertos por los seguros (que cubren accidentes y las revisiones de la caldera de gas), como por ejemplo un radiador que actualmente no me quiere arreglar.
¿Esto qué me ofrece es legal? Puede en las prórrogas de contrato realizar este incremento en el precio (en el contrato inicial se indica la subida anual del IPC), ¿y hacer que yo pague las averías del piso?

¿No es una manera de coacción para que me marche? ¿Y repito, es legal?

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Respuesta

Esta es la antigua redacción del artículo 18 de la LAU antes de las modificaciones de 2013 es decir la que le afecta a su contrato

... 18.2. A partir del sexto año de duración la actualización de la renta se regirá por lo estipulado al respecto por las partes ...

Pero es que al margen de eso al día de hoy el arrendador puede dar por terminado ese contrato al haber cumplido 5 años y ofrecerle la firma de uno nuevo con nuevas condiciones que ambos pacten si se llegan a poner de acuerdo.

Y si, esas nuevas condiciones en lo que a la renta se refiere, son de libre pacto entre las partes y pueden ser las que usted ha descrito.

Eche un vistazo a lo que hay fuera, en el mercado, para ver si ese precio le conviene o no.

Como especifico en el correo es prórroga, NO nuevo contrato. Quiere hacérmelo únicamente de año en año.

Como ya le he transcrito la LAU dice que a partir del sexto año la actualización de la renta será la que pacten las partes.

Lo que le quiero explicar es que en este momento el arrendador si lo desea puede dar por terminado el contrato.

Debe ser usted la que valore si lo que le ofrece es mejor que lo que hay en el mercado o no.

Si su arrendador es una persona que incumple sus obligaciones es un buen motivo además de la subida de la renta para que usted valore irse a otra vivienda

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