¿Tengo derecho al paro tras un contrato de interinidad-riesgo embarazo si no quiero hacer la maternidad?
Actualmente estoy supliendo a una trabajadora embarazada mediante un contrato de interinidad por riesgo durante el embarazo, cuya duración determinada es hasta que desaparezaca dicho riesgo (el parto, se entiende). El caso es que la empresa, tras la finalización de dicho contrato, quiere que yo haga la maternidad mediante un nuevo contrato de interinidad, haciendo uso del clásico "te inscribes al paro 1 día-te contrato" para bonificarse. Tras este primer contrato, yo no quiero hacer la maternidad, no deseo seguir en la empresa. La pregunta es: ¿Tengo derecho al paro? ¿O al renunciar al segundo contrato de interinidad pierdo ese derecho? Por favor, ruego alguien ponga luz sobre esta oscura duda que nadie sabe resolverme!
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Respuesta de Isabel Rodríguez Vega
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