No seguir en una empresa en excedencia voluntaria

Estoy en situación de excedencia voluntaria en mi empresa por 18 meses. Durante ese periodo tuvo un trabajo en otra empresa y me finalizo el contrato, por lo que tengo derecho al desempleo durante 24 meses, el cual he ido cobrando.

Me finaliza el 1 de mayo la excedencia y no quiero volver a la empresa. ¿Tendría qué dar de baja la prestación o se realiza de oficio por el sepe? ¿Tengo qué realizar algún documento para la empresa en la que expreso que no continuo?

Un saludo y espero contestación por que no resuelvo esta duda.

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Lo recomendable es que notifique a la empresa su deseo de no volver a trabajar en ella a través de un escrito en el que se especifique que va a dimitir. En caso contrario se podría considerar abandono del puesto de trabajo. Si desiste unilateralmente de la relación de trabajo con la empresa con la que dispone de la excedencia no tendrá derecho a paro por el tiempo que prestó servicios en la misma, sin perjuicio que lo reciba por otros servicios prestados en otras empresas.

No me queda claro si puedo seguir cobrando el paro hasta lo que me queda (6 meses más hasta los 24) o por darme de baja voluntaria se para la prestación que me queda hasta que tuviera otra situación que generara ese derecho a recibirla.

Muchas gracias

Seamos más concretos:

Se puede pedir desempleo tras el último contrato finalizado. Cuando uno tiene una excedencia y formaliza nuevo contrato con nueva empresa se puede pedir el desempleo por éste ultimo trabajo. Para calcular el paro se tendrán en cuenta sus cotizaciones acumuladas sin consumir, pero no el periodo de tiempo cotizado en la empresa que le ha concedido la excedencia.

A lo que vamos

El paro podría cobrarlo hasta el día 1 de Mayo, que es la fecha en la que se "debe" pedir la reincorporación. Después de esa fecha la prestación se suspenderá.

Si desiste usted mismo de su anterior trabajo, el tiempo trabajado en la primera empresa que suspendió el contrato no computará a efectos de Paro. En cambio, si son ellos los que no aceptan la reincorporación y le "despiden" entonces sí que computará y podrá cobrar el paro por todo el tiempo que estuvo trabajando.

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