La incapacidad permanente total para la profesión habitual es aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
Por lo tanto estarías incumpliendo lo que establece la ley si decides trabajar en tu profesión habitual pudiendo el INSS tomar medidas al respecto, como por ejemplo quitarte la incapacidad permanente total y también sancionarte por tal echo!.
Si puedes trabajar en otro trabajo que no sea tu profesión habitual según si tu incapacidad no te impide realizar las funciones.
Otro punto destacable es :
La incapacidad absoluta
Este grado se reconoce cuando el trabajador ha quedado inhabilitado por completo no sólo para su profesión habitual, sino para cualquier otro oficio o profesión.