Como propietario de una lonja, ¿Cuando me corresponde pagar en una derrama?

Soy propietario de una lonja donde se ha realizado la reparación de una parte del tejado y una bajante debido a filtraciones de agua. El administrador de fincas me comunica que he de pagar el 10% de la derrama, igual que cualquier vecino. En la escritura me consta un 1,3%.

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A parte de lo que le indica poliplos, antes de hablar con el administrador, vaya sl registro de la propiedad, solicite la escritura de obra nueva del edificio, pregunte si existen estatutos registrados. En la escritura figurara su coeficiente que pof lógica sera el que usted indics.

Con ese dato vaya al administrador y le indica que le informe y wue se lo demuestr documentalmente de porque debe contribuir con el 10%.

Si le dice que se acordó en junta:

Primero, que le enseñe el acta

Segundo, dicho acuerdo se debe tomar por unanimidad

De momento de orden al banco de no pagar ningún recibo de la comunidad.

Cuando tenga algún dato, nos lo comenta.

Sera un seudoprofesional un poco cutre, al no tener despacho

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Habría que revisar qué dice exactamente su escritura, pero a priori, según lo que usted comenta, cabe pensar que sería el 1,3%, si es ésta su cuota de participación en los gastos comunes.

Pregunte al Administrador por qué le dice que debe pagar igual que el resto, teniendo una cuota de participación inferior.

Según este señor es lo que me corresponde como cualquier vecino, además en breve realizarán la revisión del edificio ITE y también he de pagar el 10%.

¿Es correcto que un administrador de fincas no tenga una oficina donde tratar estos temas y quiera quedar en la calle para ello?

Cabe la posibilidad de que en su Comunidad se repartan los gastos por partes iguales. Es una opción válida. La Ley de la Propiedad Horizontal establece el reparto por coeficientes, dejando la posibilidad de que se use otro. En cualquier caso, el sistema de reparto debe constar en los Estatutos de la Comunidad y su modificación, por tanto, exige un acuerdo por unanimidad.

En ausencia de un método alternativo, el que se aplicará será el de coeficientes.

Solicite al Administrador que le indique dónde consta que el reparto en su Comunidad es a partes iguales.

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