Tasa de basuras por despacho en mi vivienda
Estoy dado de alta en el RETA como gestor administrativo y el único despacho que tengo está dentro de mi vivienda habitual. En ese despacho no recibo a clientes, simplemente lo tengo para realizar mis tareas, ya que a los clientes los visito yo. De hecho no tiene ni acceso directo desde la calle, ya que está en la primera planta, y además no tengo puesto ningún tipo de rótulo ni publicidad en el exterior. Tanto es así, que mi dirección no aparece ni en mi página web ni en ningún tipo de publicidad. Sólo en las facturas, porque es mi dirección fiscal. Resumiendo, que es un despacho privado sin acceso de público en mi propia vivienda.
El caso es que me ha llegado una notificación del Ayuntamiento reclamándome la tasa de basuras de actividades industriales, comerciales, profesionales y de servicios del año 2015, año en que me di de alta, Yo ya pago la tasa de recogida de basuras correspondiente a mi vivienda, ¿estoy obligado a pagar la que me han notificado también, siendo un despacho privado dentro de la misma? ¿No se trata de una duplicidad?