Me prestaron 20.000€ en un contrato de préstamo con intereses y prenda de participaciones sociales.

El préstamo viene redactado 20.000€ más intereses 8% anual firmado el 25 de Noviembre del 2017 y vencido el 30 de Mayo del 2018, en el tambien se puso como garantía las participaciones de una sociedad limitada, si no cumplía en fecha el puede acudir al Notario o a el Juzgado y reclamar la enajenación o embargo de ellas y también la diferencia si las participaciones no cubren la deuda. Ahora me reclama por burofax el pago inmediato o que ceda voluntariamente ante Notario las participaciones de las sociedades limitadas que se incluyeron en el contrato y la diferencia pues las participaciones valen menos, se podría renegociar dando más tiempo para pagar. Tambien tengo de acreedor a la consejería de transportes con fecha de resolución definitiva del 15 de Junio del 2018. Pregunto: Si al prestamista le firmó en voluntario la cesión de las participaciones según dice el contrato de préstamo en el Notario y las inscribe en el registro mercantil. Si me acusan por alzamiento de bienes, la consejería de transporte o su representado, me pueden condenar, pregunto.

Mi obligación es pagar y eso hago pues pago como puedo uno después de otro.

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Respuesta

Tal como describe los hechos no parece que le puedan imputar alzamiento de bienes.

¡Gracias! Y disculpe por la siguiente pregunta hacienda tiene medios o actúa con permisibilidad consentida para no reconocer la enajenación voluntaria por deuda a un acreedor y en consecuencia embargaría al nuevo poseedor de las participaciones permitiéndole ese consentimiento embargar bienes de la sociedad limitada. Si eso ocurriera ¿como me defiendo? Ya sabe que actualmente en España hay poca seguridad Jurídica. Gracias Y le agradezco su tiempo y respuestas.Lorenzo Martinez  

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