Me prestaron 20.000€ en un contrato de préstamo con intereses y prenda de participaciones sociales.
El préstamo viene redactado 20.000€ más intereses 8% anual firmado el 25 de Noviembre del 2017 y vencido el 30 de Mayo del 2018, en el tambien se puso como garantía las participaciones de una sociedad limitada, si no cumplía en fecha el puede acudir al Notario o a el Juzgado y reclamar la enajenación o embargo de ellas y también la diferencia si las participaciones no cubren la deuda. Ahora me reclama por burofax el pago inmediato o que ceda voluntariamente ante Notario las participaciones de las sociedades limitadas que se incluyeron en el contrato y la diferencia pues las participaciones valen menos, se podría renegociar dando más tiempo para pagar. Tambien tengo de acreedor a la consejería de transportes con fecha de resolución definitiva del 15 de Junio del 2018. Pregunto: Si al prestamista le firmó en voluntario la cesión de las participaciones según dice el contrato de préstamo en el Notario y las inscribe en el registro mercantil. Si me acusan por alzamiento de bienes, la consejería de transporte o su representado, me pueden condenar, pregunto.
Mi obligación es pagar y eso hago pues pago como puedo uno después de otro.