Herencia contenciosa ¿Heredo de mi padre o de mis abuelos?

Mis abuelos paternos fallecieron. Mi abuela fue la última en 2014 y desde entonces parece ser que no se ponian de acuerdo con el testamento por faltar bienes, entre mis tíos, mis primas por estirpe al fallecer uno de mis tíos en el 96 (y el testamento es del 97). Se inició una división de herencia contenciosa sin resolver aún y durante ese periodo mi padre ha fallecido también. Ahora yo estoy citada como hija del finado para la división de herencia contenciosa.

Yo todavía no he aceptado la herencia de mi padre (lo hago en breve y en ella ponía que me dejaba la herencia de sus padres) pero en este caso yo de quién estoy heredando, ¿De mi abuela porque mi padre no llegó a aceptar la herencia? ¿O de mi padre? (Tengo tres hermanastros que al parecer han rechazado tanto la herencia de mis abuelos como la de mi padre por lo que me he convertido en heredera universal de su parte y de su testamento de todo lo suyo).

Me gustaría que me aclararan la parte de de quien heredo por un posible embargo que pudiera existir para saber si me lo pueden quitar o tiene que intervenir mi madre embargandome por los alimentos que dejó de pagar y que aún constan pendientes en el juzgado penal.

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Tal como describe la situación usted ha sido citada en el pleito sobre la herencia de su abuela en sustitución de su padre, fallecido, si ese embargo procede de deudas de su padre lo tendrá que asumir usted.

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Está usted hablando del capítulo sucesorio exclusivamente de su abuela, porque su padre murió sin aceptar ni repudiar la herencia. No son dos capítulos sucesorios (abuela y padre) ni sucesivos, sino uno solo, porque su posición está conectada directamente a su abuela. Eso significa que no tiene nada que ver en este asunto qué embargos tuviese su padre, ni le afectará a sus derechos con respecto a su abuela.

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