Si la mitad de la hipoteca queda cancelada al morir un progenitor, ¿Los herederos del piso deben pagar lo que resta?
Mis padres tenían una hipoteca (a nombre de los dos) y al fallecer mi madre, la mitad se canceló porque así estaba estipulado con el banco. Sus hijos heredamos su mitad de la vivienda (en nuda propiedad) y estamos como titulares desde entonces junto con nuestro padre en la cuenta corriente desde donde se paga esta hipoteca. Mi pregunta es si yo y mi hermano somos "responsables" de esta hipoteca. Si vendiésemos el piso, ¿lo qué queda por pagar lo tendríamos que pagar entre los tres o es responsabilidad de mi padre que firmó en su día la hipoteca con mi madre?
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Respuesta de Pedro abogado
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