Insolvencia de contrario en sentencia judicial.

¿El contrario se declara insolvente: Cada cuanto tiempo ( y veces) puedo exigir al juzgado mediante abogado y procurador situación patrimonial del sentenciado (insolvente)?. Una vez que el juzgado establece filtros ante la Seguridad social, entidades bancarias, y hacienda a fin de que se embarguen los bienes ( si los hay), ¿Estos filtros son duraderos en el tiempo? O ¿Hay qué estar solicitandolo al juzgado de vez en cuando?.

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Respuesta

Nadie se puede declarar insolvente, cuestión distinta es que no haya encontrado nada para embargar.

El juzgado no pone ningún filtro, tiene usted que pedir cuando tenga alguna certeza de que va a tener éxito, de nuevo el embargo de bienes y derechos del deudor.

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