"Si el causante tiene cumplidos treinta y un años de edad, la cuarta parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que se haya cumplido los veinte años y el día en que se hubiese producido el hecho causante, con un mínimo, en todo caso, de cinco años. Además, al menos la quinta parte del período de cotización exigible deberá estar comprendida dentro de los diez años inmediatamente anteriores al hecho causante."
Es decir, (33-20)/4 = 3.25, es decir, se te aplica el mínimo de 5 años.
De esos 5 años, una quinta parte debe estar dentro de los últimos 10 años transcurridos, es decir, debes haber cotizado 1 año en los últimos 10 años.
Teniendo la edad que tienes y 8 años cotizados, entiendo que este último requisito (el de 1 año dentro de los últimos 10) lo tienes de sobra, pero he preferido explicarte la frase tal cual viene en la ley.