Cómo hacer nómina a un socio trabajador en Sociedad civil particular con objeto mercantil?

Somos una sociedad civil particular que Hacienda nos cambió "con objeto mercantil" y ya no tributamos por atribución de rentas, somos dos socios al 50% en la repartición de los beneficios, pero queremos saber como podríamos ser remunerados por la actividad económica que desempeñamos en la sociedad, siendo traductores, ¿hemos de hacer un contrato de trabajo y confeccionar nóminas cada mes? ¿Con IRPF del 19%? ¿Cómo se contabiliza tal nómina? ¿El pago de los autónomos se puede deducir en la cuenta 642?

2 respuestas

Respuesta
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Dada que la actividad que desarrolla la empresa es profesional ambos socios deben facturar a la empresa ya que los rendimientos son de actividad económica y no del trabajo (artículo 27.1.párrafo 3 de la ley de Renta 35/2006)

La factura además del IVA (caso de que la traducción a la que haga referencia esté sujeta y no exenta) deberá llevar una retención del 7% en el primer año de actividad y los dos siguientes y del 15% a partir del tercero salvo cambio normativo

Respuesta

Lo primero recomendarles se pongan en manos de un asesor, que les estudie su caso concreto.

Actualmente, como norma general, ustedes tendrán que facturar a la comunidad de bienes para cobrar el sueldo, pero puede haber peculiaridades. Teniendo que presentar sus declaraciones conforme a estos ingresos por actividad económica.

¡Gracias! Si se hace una factura se contabilizará está factura en la cuenta 623 a Banco? a de llevar IVA? Si la sociedad ya factura a los clientes con IVA, y ese IVA ya se paga a Hacienda, como puede ser que los socios trabajadores tengan que volver a hacer una factura con IVA?

Muchas gracias por aclarar la duda

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