Aviso para Junta de vecinos

¿Con cuántos días de antelación hay que avisar para hacer una reunión de vecinos?

Respuesta
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¿Junta ordinaria o extraordinaria?

Una ordinaria y otra extraordinaria a primeros de año , perdón por no haberlo puesto pero se me pasó

Art. 16.3 Ley Propiedad Horizontal.

La citación para la Junta ordinaria anual se hará, cuando menos, con seis días de antelación, y para las extraordinarias, con la que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados. La Junta podrá reunirse válidamente aun sin la convocatoria del presidente, siempre que concurran la totalidad de los propietarios y así lo decidan.

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Respuesta

Esto dice la LPH:

La citación para la Junta ordinaria anual se hará, cuando menos, con seis días de antelación, y para las extraordinarias, con la que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados. La Junta podrá reunirse válidamente aun sin la convocatoria del presidente, siempre que concurran la totalidad de los propietarios y así lo decidan.

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