Incluir puntos en la orden del dia de una junta de vecinos

Con cuanto tiempo se tiene que avisar a la presidenta de una comunidad para que incluya varios puntos en la orden del dia. El caso es que se va a tratar un tema en contra de mi pareja y han añadido un papel con puntos en la orden del dia hace tres dias a peticion de tres propietarios y como no se iba a tratar ese tema nome ha dado tiempo a contratar un NOTARIO que quiero que venga a la junta. Puedo anularla para que se celebre otro dia.?

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La Ley no dice nada al respecto. No obstante, lo lógico es que no se puedan añadir puntos una vez convocada la Junta. Es decir, que el margen sería el mismo que hay para convocar una Junta.

En mi opinión, si en su caso lo que se ha hecho es añadir un "anexo" a la convocatoria con 3 días de antelación, no sería correcto.

No obstante, habría que preguntar si se trata de una Junta Ordinaria o Extraordinaria, puesto que el margen de aviso es diferente. En el caso de la Ordinaria, es preciso avisar con 6 días de antelación, como mínimo. En cambio, para las Extraordinarias, la Ley dice únicamente que se debe avisar con la antelación suficiente para que llegue a conocimiento de los vecinos.

Ahora veo que es usted de Cataluña. En ese caso, donde digo 6 días de antelación, deben ser 8 (para las Juntas Ordinarias). Para las Extraordinarias, se mantiene lo mismo (tiempo "suficiente" para que los propietarios puedan tener conocimiento de la convocatoria).

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