¿Cuando se hace efectiva una anotación de embargo?
Hace unos años un "amigo" contrajo una deuda económica conmigo que no llegó a pagar nunca. A través de un abogado, investigamos sus propiedades y solo tenía a su nombre la mitad de un local (mitad indivisa de un local junto con su hermana). Se ha procedido a realizar una anotación preventiva de embargo en el Registro.
Pero quiero saber, ¿qué pasa si este local nunca se vende? ¿Entonces nunca se hará efectivo el embargo?
¿No se puede sacar a subasta su parte del local para pagar mi deuda?
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Respuesta de Juan Carlos Grisolía
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