Obligaciones tributarias de Asociación sin ánimo de lucro

Somos una asociación de mujeres que ya lleva 25 años en funcionamiento. Nos surge la duda de si tenemos alguna obligación tributaria, las socias pagamos una cuota anual a la asociación y con ese dinero hacemos excursiones, teatros, cenas,... Sumándole un importe que se paga en el momento de la excursión como complemento, el ayuntamiento nos da una pequeña subvención, el año pasado se recogió un donativo para otra asociación y poco más. ¿Estamos obligados a declarar algo?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y le ayude. Una asociación puede tener obligaciones fiscales.

Ustedes, como cualquier entidad, han de llevar una contabilidad y aprobar las cuentas anuales. Además, dependiendo del volumen de ingresos, han de presentar declaración de impuesto de sociedades (aunque no tengan que pagar), o si realizan actividad económica lo han de presentar como parcialmente exento (solo se paga por la actividad económica).

Uno de los modelos mas habituales, que se olvidan de presentar es el modelo 347 (operaciones con terceros) que en muchos casos se esta obligado. Es fácil tener un proveedor de la asociación supere los 3.000,5 €. O incluso una subvención.

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