Responsabilidad de la Dirección Técnica en una obra

Mi pregunta es que por lo que, a mi parecer, se trata de una negligencia de la dirección técnica en la construcción de una vivienda. Parte de dicha construcción no se ajusta a la normativa urbanística local, ordenando el ayuntamiento, una vez ya ejecutada esa parte de la vivienda, su demolición, con el consiguiente coste y sobrecoste para la propiedad, a falta de dirimir responsabilidades. Mi pregunta es si, dados los sobrecostes generados (unos 50000 euros justificables) además de los perjuicios generados, la dirección técnica (en el hipotético caso de que se les endosara la responsabilidad) está incurriendo en alguna figura delictiva o dónde se puede encuadrar este error.

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Más que delito, si se acredita lo que usted señala, habrá incurrido en impericia o negligencia y deberá responder civilmente de los resultados adversos.

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