Clausula antiokupa en el contrato de arras penitenciales

Souy el vendedor. Piuedo poner alguna clausula valida en el cto de arras penitenciales, para el caso de que si el piso es ocupado ilegalmente por 3º antes de la firma, solo tenga que devolver al comprador la cantidad entregada y NO EL DOBLE, COMO ESTABLECE EL ART 1454cc

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El contrato de arras es susceptible de ser redactado con gran libertad, siempre y cuando no haya desequilibrio entre las obligaciones y derechos de las partes.

En mi blog www.pedrohernandezabogado.com tiene abundante información sobre este tema

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