MODELO 650 - Porcentaje de titularidad bienes inmuebles
Mi padre, fallecido recientemente, estaba casado en régimen de bienes gananciales con mi madre. Los bienes inmuebles se obtuvieron durante su matrimonio.
Estoy rellenando el modelo 650 mediante un programa de ayuda que facilita la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Mi duda surge en la casilla correspondiente al "Porcentaje de titularidad". No sé si debo indicar el 50% o el 100%.
La ayuda del programa en este apartado dice textualmente:
(202) Porcentaje de titularidad. - Deberá consignar el porcentaje del bien que forma parte de la herencia. Ejemplo: si el causante estaba casado en régimen económico de gananciales y en la disolución de la sociedad de gananciales por el fallecimiento, un bien que fue ganancial se adjudicó por completo a la masa hereditaria, en esta casilla deberá consignarse el 100 por ciento. Si por el contrario se adjudicó sólo la mitad, se consignará el 50 por ciento. Si el bien era privativo del causante, se consignará el 100 por ciento.
He consultado a varios conocidos, expertos en estos temas, e incluso en la oficina recaudadora de mi localidad y no ha habido unanimidad de criterios. Unos me dicen que el 50% y otros el 100%.