Entiendo que usted constituyó una sociedad junto con su mujer al 50%, lo de gananciales es para el matrimonio. Si ella tenía un porcentaje mayor, como parece ser si lo ha destituido como administrador, usted puede ejercer sus derechos como socio minoritario.
Puede reclamar responsabilidad social del administrador, si observa que hay un vaciado de la empresa, y a su vez puede reclamar contra la nueva sociedad o contra su ex-mujer si actúa como persona física, por competencia desleal, siempre que pueda acreditar que son clientes de la sociedad actual, esta reclamación conlleva daños y perjuicios.
También puede ejercer su derecho como accionista minoritario a revisar la documentación relativa a cuentas anuales en unión de experto contable antes de la junta y reclamar una auditoria de la sociedad al Registro mercantil con cargo a la sociedad.
Para los temas de reclamaciones judiciales póngase en contacto con un abogado. Para temas de auditoria y revisión contable, puede hacerlo cualquier despacho multi-disciplinar que preste estos servicios.
Ahora bien, una vez pasado el sofoco inicial del divorcio, lo mejor es que se sienten de forma civilizada, y vean como puede producirse su separación de socio de la sociedad, de forma no traumática. Podemos ofrecerle este servicio de mediación que siempre podrá ser más ecónomico que meterse en temas judiciales.
Ruego valore respuesta.