Duda sobre legalidad en instalación de cámara de videovigilancia en terraza

Tengo una casa en la costa que uso como segunda residencia. La casa tiene una terraza esquinera que da a dos fachadas. Me gustaría instalar una cámara de videovigilancia en la esquina de la terraza de modo que pueda vigilar toda la terraza rotando la cámara.

He comprado una cámara de videovigilania que tiene una app donde puedo controlar su movimiento y enfocarla en tiempo real a la zona de la terraza que me interese.

La cámara la usaría solamente para monitorizar mi terraza, pero al orientar la cámara desde la app del movil puede que se grabe ocasionalmente la calle...

Tengo entendido que si instalas una cámara de seguridad en exterior y se vea la calle se tiene que cumplir la ley de protección de datos para estar legal.

Ahí es donde está mi duda, en mi caso como dije la cámara se enfoca hacia la terraza el 99% del tiempo pero al orientarla para enfocar una zona u otra de la terraza puede que se grabe ocasionalmente la calle.

¿En mi caso estoy obligado a cumplir esa ley de proteccón de datos o estoy exento al tratarse de una filmación ocasional?

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Respuesta
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Algún modelo de cámara que te permita ponerle máscaras.

Releo y veo que ya la tienes, mira a ver si tiene esa función.

Hola Rober,

Gracias por la respuesta, me temo que la cámara no permite poner máscaras. En parte es normal ya que se trata de una cámara tipo PTZ osea que la óptica está motorizada y permite orientarla en tiempo real desde la app del móvil.

Concretamente es esta (modelo ORB de la marca Netvue):

Vuelvo a lanzar mi duda, mi problema está si hago girar el encuadre de la cámara para que enfoque una zona u otra de la terraza, hay un breve momento en el que se ve la calle.

Como dije, solo es una segundo o dos, pero no sé si eso es suficiente para que me obliguen por ley a tener que hacer todo el tema de la protección de datos.

¿Alguien puede aclararme esa duda? Gracias de antemano.

En definitiva es una cuestión de interpretación de la ley.

En el articulo 6.3 de la L.O. te dice:

3. La intervención mínima exige la ponderación, en cada caso, entre la finalidad pretendida y la posible afectación por la utilización de la videocámara al derecho al honor, a la propia imagen y a la intimidad de las personas.

Y la Agencia de Protección de datos en la guía de videovigilancia

https://www.aepd.es/media/guias/guia-videovigilancia.pdf 

Dice:

En algunas ocasiones para la protección de espacios privados, donde se hayan instalado cámaras en fachadas o en el interior, puede ser necesario para garantizar la finalidad de seguridad la grabación de una porción de la vía pública, Es decir, las cámaras y videocámaras instaladas con fines de seguridad no podrán obtener imágenes de la vía pública salvo que resulte imprescindible para dicho fin, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas. Por lo tanto, las cámaras podrían captar la porción mínimamente necesaria para la finalidad de seguridad que se pretende.

Por ello, si de la instalación que haces de la cámara y la parte de vía publica que ves, se puede deducir que no es relevante esa pequeña incursión en la visualización de la vía publica...

Además la cámara tuya es de interior, por lo tanto difícilmente alguien la va a ver como un elemento de intrusión en la vida privada de los vecinos.

Gracias de nuevo por la respuesta.

Es cierto que la cámara es de interior, pero la idea es colocarla en el exterior bajo el techo del porche que hay en la terraza, ya que ahí queda protegida de la intemperie (lluvia, sol, etc) y es el mejor punto para poder controlar la terraza con una única cámara (motorizada). 

También es cierto que desde la calle aunque mires a mi terraza apenas se distingue la cámara ya que se trata de un ático a una cierta altura.

Pero aun así me gustaría saber si estoy haciendo algo "ilegal" por si acaso algun vecino quisquilloso amenaza con demandarme, o si por contra su amenaza no tiene recorrido legal.

Un saludo

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