Herederos de un plan de pensiones
Me prejubilé con 61 años el año pasado y tengo un plan de pensiones que vence en 2020. Ya que no necesito ese dinero para suplementar mi pensión y que de sacarlo como renta o capital me supondría una subida importante en la declaración de la renta, me han aconsejado que lo deje ahí y sean mis herederos los que lo recaten y paguen.
Pero he leído el siguiente apartado del informe del plan en relación con este tema:
"Los beneficiarios de un plan de pensiones deberán ser personas físicas. El Beneficiario del plan de pensiones o su representante legal, deberá comunicar el acaecimiento de la contingencia, señalando en su caso la forma y el lugar para el cobro de la prestación, y presentar la documentación acreditativa que proceda a la Comisión de Control del Plan quien la hará llegar a la Entidad Gestora."
Yo estoy soltero, sin hijos, sin padres y sin sobrinos. Si quisiera favorecer en mi testamento a una entidad como Unicef, Acnur, Oxfam o a una asociación de recuperación el patrimonio, ¿habría algún problema con este plan de pensiones?