Me ofrecen desde UK un proyecto de consultoría en España. Pasos nuevo autónomo y dudas legales/fiscales

Desde Reino Unido me ofrecen un trabajo como consultor (freelance) de 6 meses en Madrid (donde resido). Todo esto es un mundo nuevo para mi, siempre he sido trabajador por cuenta ajena.

He empezado los tramites para darme de alta en autónomos, tendré que facturar a Reino Unido y supongo que es la mejor opción. Me han hablado de crear una SL, pero supongo que lleva más tiempo y desembolso, y tampoco se si esto sera a largo plazo. En principio tengo una gestoría conocida que se puede hacer cargo de llevarme este tema de autónomos, impuestos, etc

Algunas consideraciones/cuestiones:

- La facturación y cobro por este proyecto se realiza a través de una agencia de reclutamiento en Reino Unido también. ¿Alguna especificidad relativa a hacer este tipo de trabajo para UK? ¿Algo qué deba tener en cuenta? ¿Brexit?

- Dicha agencia de reclutamiento me ha enviado una serie de documentos e informaciones, detallando todo lo que necesito para empezar. Entre ellos un documento o clausula OPT OUT, que no se muy bien que es. Por lo que leí en internet, una especie de base legal de como abandonar el proyecto si las cosas fuesen mal, algo así. Pero me gustaría saber donde puedo acudir a que me asesoren en este tema laboral/legal internacional en Madrid. No quiero empezar ni firmar nada hasta tener todo bien atado

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Lo primero que ha de tener en cuenta es el tipo de servicio que usted presta, que puede sea considerado por vía electrónica, lo que implica que en determinados casos, tenga que solicitar un NIF de UK (hay un sistema de ventanilla única en la Agencia Tributaria) y facturar con IVA de allí... o incluso la posibilidad de que sea un servicio Intracomunitario y tenga que darse de alta en el ROI.

El tema de los impuestos es importante, pues usted tributa por todas sus rentas mundiales en España y por lo tanto, ha de estar claro en UK que es residente en España y el trabajo se realiza desde aquí.

En cuanto al BREXIT, no se sabe como quedara la cuestión y si habrá plazos transitorios... Pero seguro que en algo puede afectar en el futuro.

En cuanto al OPT OUT, y cualquier otro documento, ha de ser revisado por un abogado, para que usted tenga claras las condiciones, aunque posiblemente no se podrá modificar nada, al menos si tener todo claro.

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