Para tener derecho a voto en junta de propietarios es suficiente un contrato privado de compra venta

Es suficiente un contrato privado de compra venta para poder tener derecho a voto en una junta de propietarios. No está hecho ante notario ni está elevado a publico

3 respuestas

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En junta solo tienen derecho a voto los propietarios, y usted todavía no lo es

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A priori un contrato privado no otorga ninguna capacidad para tener ni voz ni voto en la junta. O bien lo elevados a público y se registra o bien que el propietario en los registros de la propiedad os de representación.

¡Gracias! 

Que quieres decir que el propietario en los registros de la propiedad me de representación

Que el cambio de titularidad respecto a la comunidad de propietarios se produce presentando unas escrituras de compraventa que son el único documento oficial que acredita la transmisión.

Así, si ese documento, oficialmente no ha habido cambio de titular por lo que usted después de un contrato privado de compraventa no adquiere ningin derecho en ese sentido sobre la vivienda pues los sigue manteniendo su propietario original.

Cada decisión que usted quiera tomar con respecto a la comunidad deberá ser mediante delegación de voto por parte del propietario que le consta a la administración de fincas.

Respuesta

No. Para tener derecho tiene que ser propietario o sea "se es propietario o no se es" como se dice coloquialmente "mátese media vaca"

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