Pueden admitir a trámite en el registro de la propiedad acuerdo por doble mayoría de utilización de forma privativa un parking
Tengo entendido que para privatizar un elemento común se requiere de la aprobación de unanimidad, así pues si en votación no se alcanza y solo se consigue la doble mayoría, ¿puede dicho acuerdo inscribirse en el registro de la propiedad? ¿El registro de la propiedad admitiría registrar un acuerdo de privatizar el uso de un elemento común sin los suficientes mayorías por ley?
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Respuesta de Pedro abogado
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