¿Puedo vender mis derechos de herencia después de haberla aceptado?

Por derecho me corresponse 1/4 parte de una herencia de mi abuelo sin testamento y sin repartir desde hace 20 años. La herencia consta de 5 pisos y una cuenta común de gastos entre 4 herededos del cual 1 de ellos no colabora. Los 3 herederos que si colaboramos, nos reunimos y nos pusimos de acuerdo en el reparto y yo firmé un documento donde me correspondía 1 piso, el 30% de otro y un tanto de la cuenta de gastos ya casi agotada. Como uno de los herederos no colabora, obviamente el acuerdo no salió adelante y está paralizado hasta que acepte o no. El caso es que me he arrenpedido de aceptar la herencia, porque al margen de que no hay deudas, me va a generar unos gastos que por ciscuntancias actuales no me puedo permitir, como abogado, escrituras, impuesto de sucecisones (creo que está preescrito) y plusvalías... Entonces pienso que cometí un error, que lo mejor que tenía que haber hecho es vender mis derechos de herencia a otro heredero o un tercero pero no se si ya es tarde o se puede hacer incluso después de aceptar la herencia.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Por lo que parece ustedes no aceptaron la herencia, simplemente llegaron a un acuerdo entre algunos herederos... Pero la aceptación de la herencia se ha de hacer por todos los herederos en notario.

Si su abuelo falleció hace 20 años los impuestos están prescritos... Pero lo que si es posible que tengan que ir a un procedimiento judicial para el reparto conforme a ley.

Efectivamente puede llegar a vender los derechos hereditarios. Hay empresas especializadas en ello, pero el importe que le pagaran es muy por debajo del valor real.

Y también tiene la opción de renunciar a la herencia. Pero antes de tomar una decisión, debería asesorarse con un abogado, pues a poco que valgan los inmuebles, y si no hay deudas, le interesara aceptar la herencia, aunque sea judicialmente.

Muchas gracias por la respuesta. No entendí muy bien eso de que me interesaría aceptarla aunque sea judicialmente. El problema es que esos inmuebles necesitan un mantenimiento y además una inversión que no puedo permitirme ahora. Otra questión más. Si vendo mi parte, ¿el dinero que reciba tengo que pagar impuestos a hacienda o están preescritos igualmente?

Como ya le hemos indicado debe ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Por lo que hemos entendido, usted no ha aceptado la herencia, por lo tanto, solo podría vender los derechos hereditarios, normalmente a una empresa especializada, pero esa venta (al igual que si hubiera aceptado y vendiera su porcentaje de propiedad) no esta exenta de impuestos o prescrita.

Los impuestos que pueden estar prescritos, después de 20 años son los relacionados con la aceptación de la herencia (Impuesto Sucesiones y Plusvalía Municipal).

Como ya le hemos indicado, también tiene la opción de renunciar a la herencia...

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